EL CORREO. 3 abril 2020.
Los trabajadores con hijos a su cargo recibirán un complemento que eleve sus ingresos por encima del 70% de la base reguladora, pero el Gobierno aún no ha establecido cómo tendrán que solicitarlo.
Entre las cuestiones que el Gobierno ha tenido que matizar estos días tras la cascada de expedientes de regulación temporal de empleo recibidos tras decretar de Estado de Alarma está la relativa a la posibilidad de cobrar un completo por tener hijos a cargo. Aún hoy no ha aclarado dónde o cuándo se debe solicitar ni cómo se tramitará, pero sí ha garantizado que los trabajadores afectados por un ERTE contarán con ese ingreso extra, pero que tendrán que ser ellos mismos quienes lo soliciten.
De entrada, el Real Decreto 8/2020 de de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 no incluye ninguna referencia a este complemento. Únicamente establece que los trabajadores afectados por un ERTE deberán cobrar al menos el 70% de la base reguladora mientras dure la crisis. Si se cobra o no más depende de la empresa, que tiene potestad para aplicar una mejorar y elevar este porcentaje hasta dónde considere oportuno.
Ese 70% no es arbitrario. Es el pago que se recibe como prestación contributiva por desempleo durante los primeros seis meses de paro, siempre que previamente se haya cotizado durante al menos 360 días. Y dado que al entrar en un ERTE el trabajador pasa a estar técnicamente en paro aunque su contrato sólo esté suspendido temporalmente, se daba por entendido que las prestaciones máximas y mínimas así como los complementos por hijo a cargo serían los mismos que se cobran en el desempleo.
Cuantías máxima y mínima por hijos
Es decir, los 501,98 euros que ha de recibir como mínimo cualquier trabajador en esta situación se elevan hasta los 671,40 si se tiene algún hijo. En el otro lado de la tabla, en los máximos, la prestación de 1.098,09 euros que reciben quienes no tienen descendencia a su cargo pasan a ser 1.254,86 si se tiene un hijo y 1.411,83 si se tienen dos o más.
Es importante matizar que los hijos a cargo han de ser menores de 26 años (o mayores con alguna discapacidad) y carecer de ingresos mensuales propios por encima del 75 % del salario mínimo interprofesional, es decir, por encima de los 712,5 euros. También hay que tener en cuenta que el complemento puede ser solicitado por ambos progenitores, que tendrán que tenerlo en cuenta para el cálculo de las cuantías mínima y máxima a percibir (topes).
Al eludir la cuestión de los hijos, explicó el viernes por la noche la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el Gobierno pretendía agilizar aún más los trámites para conceder los ERTE. Es decir, había optado por establecer un modelo de solicitud del expediente de regulación que, al no pedir especificación alguna sobre las responsabilidades familiares de cada trabajador, facilitaba a la empresa su rápida cumplimentación. De este modo, quería garantizar que el cobro por parte de los trabajadores de la prestación establecida por el Real Decreto (el 70% de la base reguladora) fuera inmediato y se diera ya el día 10 de este mes, sin perjuicio de que después se pudiera cobrar el complemento.
Pese a esta aclaración, a día de hoy el SEPE (antiguo Inem) aún no ha facilitado el formulario con que se debe tramitar la petición para obtener complemento. Lo que ha adelantado ayer la ministra es que la mayoría de trabajadores afectados por ERTE finalmente no podrán cobrar la prestación de paro hasta mayo.