Bono Social Eléctrico
Podrá acceder al Bono Social cualquier persona física que, en su vivienda habitual, tenga contratada una tarifa del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) en la comercializadora de Referencia con menos de 10 kW de potencia contratada.
Para la aplicación de este bono social se diferencian 3 tipos de consumidores:
a) Vulnerable (familias numerosas, entre otros).
b) Vulnerable Severo (familias numerosas con bajo nivel de renta, entre otros. Renta anual < o = 2 x IPREM de 14 pagas).
c) Vulnerable severo en riesgo de Exclusión Social.
Bono Térmico
Son beneficiarios de este Bono, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, los beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, así como el aquellos que antes de dicha fecha hubieran presentado la solicitud completa y si finalmente se resolvió favorablemente.
Bono Social Eléctrico
- Vulnerable (descuento en factura del 65 %. Hasta el 30/09/2024): Imprescindible estar en disposición del título de familia numerosa.
Las compañías comercializadoras para eliminar el suministro por impago para los consumidores vulnerables, el plazo para cortar la electricidad pasa de dos a cuatro meses.
- Vulnerable Severo (descuento en factura del 80 %. Hasta el 30/09/2024): Familias numerosas cuyo nivel de renta es inferior a dos veces el IPREM (15.039,18 euros).
Las compañías comercializadoras para eliminar el suministro por impago para los consumidores vulnerables severos, el plazo para cortar la electricidad pasa de dos a cuatro meses.
- Vulnerable severo en Riesgo de Exclusión Social: Se trata de aquellos clientes con rentas que no llegan al 50 % de los fijados para el consumidor vulnerable y que están siendo atendidos por los servicios sociales y que éstos le financien al menos el 50 % del importe de su factura. Estos consumidores no pagarán la electricidad, que le cofinanciarán un 50 %, los Servicios Sociales; un 10 % por la comercializadora y el 70 % del descuento correspondiente al propio bono social.
Los porcentajes de descuento irán disminuyendo paulatinamente:
- Octubre-diciembre 2024: 57,5 % y 72,5 %
- Enero-marzo 2025: 50 % y 65 %
- Abril-junio 2025: 42,5 % y 57,5 %
- Julio 2025: 35 % y 50 %
Las compañías comercializadoras no podrán eliminar el suministro a las personas que se encuentren en riesgo de exclusión social.
Bono Térmico
Este año 2024 la cuantía será similar a la de 2022 (35 y 350 €) en función de la zona climática donde se resida y el grado de vulnerabilidad de la familia. (Imprescindible ser beneficiario del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior).
Bono Social de Electricidad
En el caso de los clientes que hayan tramitado previamente el bono social, de acuerdo con la normativa en vigor, si antes del 31 de diciembre del año anterior no han solicitado la aplicación del bono social bajo las nuevas condiciones y actualmente son beneficiarios, a partir de la primera factura que se emita desde dicha fecha, o en la inmediatamente posterior, dejará de resultar de aplicación el bono social y el suministro de electricidad se facturará al PVPC.
La solicitud del bono social podrá realizarse por alguno de los siguientes medios:
- Rellenando la solicitud que corresponda y presentándola en las oficinas de la distribuidora, la cual, una vez recibida dará traslado al comercializador de referencia (excepto que no dispongan red de oficinas).
- Remitiendo la solicitud que corresponda cumplimentada y escaneada al número de fax o dirección de correo electrónico que comunique el comercializador de referencia en su página web y en su factura.
- Rellenando la solicitud que corresponda y presentándola a través de la comercializadora de referencia (aquellas que dispongan de esta posibilidad).
- Remitiendo cumplimentada la solicitud que corresponda a la dirección de correo postal que comunique el comercializador de referencia en su página web.
*Se mantiene la vigencia del Bono Social para las familias numerosas hasta vencimiento del título.
Finalizado el periodo de vigencia con una antelación mínima de 15 días hábiles de la finalización de dicho plazo, el consumidor podrá solicitar la renovación mediante alguno de los medios previstos a efectos de efectuar la solicitud. En todo caso, en estos casos, la comercializadora eléctrica de referencia enviará una carta antes del vencimiento del Bono Social.
Bono Térmico
Son beneficiarios de este Bono, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, los beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, así como el aquellos que antes de dicha fecha hubieran presentado la solicitud completa y si finalmente se resolvió favorablemente.
La ayuda por beneficiario se abonará en un único pago anual, en su cuenta corriente, la misma en la que tienen domiciliada la factura eléctrica.
Bono Social de Electricidad
Para obtener dicha bonificación la familia numerosa deberá rellenar y presentar:
- Formulario cumplimentado.
- Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de suministro, o en su caso de todos los miembros de launidad familiar (se debe presentar el NIF o NIE de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar, siempre y cuando dispongan del mismo).
- Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, de todos los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del Libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil decada uno de los integrantes de la unidad familiar.
- Familia numerosa: fotocopia del título de familia numerosa.
Si la reclamación proviene por un tema de gestión, es decir por un cambio de cuenta o cambio de titular por fallecimiento se debe acudir a ZUZENEAN (con CITA PREVIA, solicitándola online o por teléfono en el 945 01 90 00):
El horario es de 8:00 a 19:30 h (excepto agosto, de 8:00 a 14:30 h).
- Vitoria-Gasteiz: Ramiro de Maeztu, 10
- Bilbao: Gran Vía, 85
- Donostia/San Sebastián: Andía, 13