Las familias numerosas cuyo municipio esté dentro del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia os podéis beneficiar de la bonificación sobre el consumo para familias numerosas, cuando éste consumo sea superior a 25 m3. Y desde el año 2024, aquellas familias que os estéis beneficiando del bono social eléctrico, podréis elegir entre esta bonificación sobre el consumo de agua o una nueva sobre la tasa de saneamiento, que os aplicaría un 80 % por los consumos.
IMPORTANTE
Aquellas familias que seáis perceptoras del bono social eléctrico, podréis elegir la aplicación de una u otra bonificación (NO las dos).
Cada familia tendrá que valorar cuál de las dos bonificaciones le compensa más. En general se podría decir, que para familias con mayor número de miembros (a partir de 5 hijos/as aproximadamente) y dependiendo de su consumo de agua, compensa la facturación del primer tramo de consumo y las familias numerosas con menos miembros, el descuento en el saneamiento. Pero, las familias que paguéis el suministro a través de los gastos de la comunidad, no podéis acogeros a ninguna de las bonificaciones. Esta circunstancia ya se la hemos trasladado al consorcio para que la contemplen en un futuro.
BONIFICACIÓN SOBRE EL CONSUMO
Como ya se venía aplicando, los consumos domésticos efectuados en las viviendas habituales de las familias numerosas que excedan de 25 m3 cada noventa días se facturan al precio establecido para el primer intervalo de consumos. Estos son los precios para 2025:
– Cuota variable para consumos hasta 25 m3: 0,7552 euros/m3.
– Cuota variable para consumos entre 25 y 75 m3: 0,9274 euros/m3.
– Cuota variable para consumos superiores a 75 m3: 1,6651 euros/m3.
BONIFICACIÓN TASA SANEAMIENTO
Desde el 2024 aquellas familias numerosas perceptoras del bono social eléctrico, podrán solicitar la bonificación del 80 % en tasa de saneamiento abonada por sus consumos. La tasa de saneamiento para los usuarios tipo A (usuarios con vertidos procedentes de usos domésticos) se determina en función del contador y si el municipio ha convenido la gestión de la red de saneamiento o no.
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PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Mi municipio está dentro del consorcio de aguas de Bilbao Bizkaia?
La mayoría de municipios de Bizkaia lo está, pero no todos.
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2. ¿Cuándo y cómo solicitar la bonificación?
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- Solicitud de facturación al primer epígrafe si se excede de 25 m3 (bonificación sobre el consumo): Solicitud a través del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia por mail o de manera presencial (sedes). Una vez solicitado se aplicará hasta la fecha de caducidad del título de familia numerosa. Se puede solicitar en cualquier momento del año AQUI.
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- Solicitud del 80 % en saneamiento (bonificación tasa saneamiento): la solicitud deberá realizarse entre los meses de enero y febrero de CADA AÑO natural, para sus efectos económicos en las cuatro liquidaciones trimestrales que se efectúen entre el 1 de abril de dicho año y el 31 de marzo del siguiente ejercicio.
3. ¿Dónde solicitar? Y documentación a presentar:
Facturación al primer epígrafe si se excede de 25 m3 (bonificación sobre el consumo):
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- Llamar al 944 87 31 87 e indicar el número de cliente (aparece arriba de la factura a la derecha). Una vez recojan los datos de solicitud de bonificación de familia numerosa os indicarán para mandar un email donde enviar la documentación. Email: documentos@consorciodeaguas.eus con asunto: Número de cliente
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- Documentación a presentar:
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- Titulo de familia numerosa
Bonificación por «Bono social Eléctrico» 80 % en la tasa de saneamiento (bonificación tasa saneamiento):
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- Llamar al 944 87 31 87 e indicar el número de cliente (aparece arriba de la factura a la derecha). Una vez recojan los datos de solicitud de bonificación por ser perceptor de bono eléctrico os indicarán para mandar un email donde enviar la siguiente documentación. Email clientes@consorciodeaguas.eus con asunto: número de cliente
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- Documentación a presentar:
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- Documento acreditativo de estar percibiendo el bono social eléctrico (última factura de la luz).
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- Padrón familiar. En el caso de que el titular del contrato sea el propietario y el solicitante sea arrendatario, fotocopia del contrato de alquiler o del título sobre la vivienda.