Las personas trabajadoras con hijos/as cuentan a partir de ahora con nuevos permisos para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar. Estos permisos, aprobados con carácter urgente vía decreto por el Gobierno central, estaban recogidos en la Ley de Familias que finalmente no fue aprobada, por el adelanto electoral.
El primero de los permisos supone 5 días por cuidado de un familiar por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que no requiera hospitalización, pero sí cuidados. Podrá solicitarse por un familiar hasta segundo grado, como abuelos/as, hermanos/as o nietos/as, o cualquier persona con la que se conviva.
El segundo permiso retribuido es un permiso de 4 días al año por causa de fuerza mayor, por ausencia del trabajador para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.
Por último, se ha aprobado un permiso parental no remunerado de 8 semanas para trabajadores con hijos/as hasta los 8 años, que podrán disfrutar dichos trabajadores por razones de cuidado de menores. Este permiso podrá disfrutarse a tiempo completo o a tiempo parcial, de forma continua o discontinua, hasta que el/la menor cumpla 8 años.