Sentencia sobre el Complemento de hijos/as en la pensión

Sentencia sobre el Complemento de hijos/as en la pensión

El Tribunal Supremo ha determinado en una nueva sentencia que hombres y mujeres deben percibir por igual el complemento por hijos en la pensión y que poner condiciones a los padres, como ocurre ahora, es discriminatorio. El Supremo aplica a esta materia la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la UE, en sentencia del pasado 15 de mayo, que consideró que dicho artículo 60 de la Ley, que establece requisitos adicionales a los hombres que hayan tenido uno o más hijos para ver reconocido el complemento de pensión, constituye una discriminación directa por razón de sexo. 

Así las cosas, cualquier hombre beneficiario de una pensión contributiva a partir del 4 de febrero de 2021, que tenga uno o más hijos, pero no se encuentre percibiendo este complemento para la reducción de la brecha de género, podría llevar a cabo la reclamación de los importes no percibidos en concepto de atrasos, y su reconocimiento a futuro.

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