Obligación de evaluar los riesgos laborales a las personas empleadas del hogar

Obligación de evaluar los riesgos laborales a las personas empleadas del hogar

A partir del 14 de noviembre de 2025, todas las personas que tengan contratada a una persona empleada del hogar estarán obligadas a realizar una evaluación de riesgos laborales del domicilio donde la persona trabajadora desempeña sus tareas. El incumplimiento de esta nueva normativa podrá suponer multas de hasta casi 50.000 euros, según establece el Real Decreto 893/2024, que regula por primera vez la prevención de riesgos en el sector del hogar familiar.

Entre las novedades que incluye este Real Decreto, se destacan tres:

Desde el 14 de noviembre de 2025, la persona empleadora deberá realizar una evaluación inicial de riesgos del hogar donde la persona trabajadora presta sus servicios.

  • La responsabilidad recae exclusivamente en quien contrata.
  • La evaluación debe identificar riesgos, establecer medidas preventivas, asignar responsables y fijar plazos de corrección.
  • La herramienta oficial para realizar el proceso es Prevención10.es, GRATUITA y desarrollada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, si bien se puede delegar la evaluación en una entidad de prevención.
  • Al finalizar, el sistema genera un informe que debe entregarse y explicarse a la persona trabajadora.
  • La obligación incluye aplicar y mantener las medidas de prevención y actualizar la evaluación si cambian las condiciones del hogar o de las tareas asignadas.
  • La normativa prohíbe que los costes de la prevención recaigan sobre el o la trabajadora.

La plataforma ofrece recursos específicos para el sector doméstico y asistencia técnica gratuita en el 913 63 43 00 (L–V de 9:00 a 14:00 h).

La norma establece que toda persona empleada del hogar deberá realizar una formación específica en prevención de riesgos válida, aunque trabaje para varias personas empleadoras.

  • El curso será gratuito.
  • La formación se ofrecerá a través de una plataforma gestionada por FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo), que aún no está operativa.
  • Incluirá un proceso de autoevaluación, será certificable y se regulará mediante resolución del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • La persona empleadora deberá asegurarse de que la trabajadora recibe esta formación cuando esté disponible.

Además, la normativa prevé un reconocimiento médico voluntario para las personas trabajadoras del hogar:

  • Será gratuito, con la previsión de incorporarse al Sistema Nacional de Salud. Aún no está concretado cómo se realizará ni gestionará.
  • Tendrá carácter trienal, salvo que el personal sanitario determine una periodicidad menor o que sea necesario actualizarlo por cambios en las condiciones del trabajo.
  • El reconocimiento será único, aunque la persona trabaje en varios hogares.