Bonificaciones municipales

Bonificaciones municipales

Novedades y modificaciones para las familias numerosas en bonificaciones de impuestos y precios públicos municipales

Os recordamos que acaban de aprobarse muchas bonificaciones para familias numerosas en impuestos y precios públicos municipales (algunas por primera vez y otras han sufrido modificaciones). Es importante que tengáis en cuenta que estas bonificaciones, en general, tenéis que solicitarlas anualmente a principio de año, ya que éstas no se suelen aplicar de oficio.

A lo largo del año desde Hirukide hemos realizado diferentes acciones y gestiones para instar a los ayuntamientos a la realización o mejora de bonificaciones al colectivo de familias numerosas en los impuestos y precios públicos municipales, aplicándose algunos este año y otros en el ejercicio 2025.

DATOS

  • Reuniones presenciales: 7
  • Peticiones vía Registro: 38
  • Alegaciones realizadas: 15 ayuntamientos.
  • Además de llamadas, contactos vía mail y cartas

De las alegaciones presentadas a las ordenanzas fiscales para 2024 a los ayuntamientos, destacamos lo siguiente:

– En los ayuntamientos de Plentzia y Galdakao se retiraron, ya que obtuvimos un compromiso por parte de ellos para la mejora de estas bonificaciones para 2025.

– Se han desestimado o no hemos obtenido respuesta en los siguientes ayuntamientos: Etxebarria, Barakaldo, Busturia, Ermua, Gernika, Larrabetzu, Loiu, Murueta, Portugalate y Arrasate/Mondragón.

– Han aceptado nuestras alegaciones total o parcialmente: Abadiño, Sopuerta y Zarautz.

A continuación, mostramos las novedades y modificaciones para las familias numerosas en bonificaciones de impuestos y precios públicos municipales.

IMPORTANTE:

  • En muchos ayuntamientos se ha tenido en cuenta la RENTA FAMILIAR ESTANDARIZADA. Un sistema para calcular la renta familiar (NO confundir con ingresos brutos de la familia). Podéis calcularla AQUÍ vuestra renta familiar estandarizada.
  • En BIZKAIA, además de los requisitos de renta o de otro tipo que incluimos en este artículo, para acceder a la bonificación del IBI, el Valor Mínimo Atribuible de la vivienda no puede ser superior a 300.000 € (requisito que impone la Diputación Foral de Bizkaia en su orden foral para regular este impuesto).

NOVEDADES

ARABA

Urkabustaiz

RFE  Bonificación  
Menor o igual 2 veces SMI 20 %
Mayor 2 veces y menor o igual a 2,5 veces SMI15 %
Mayor de 2,5 y menor o igual a 2,75 veces SMI10 %

BIZKAIA

Es importante aclarar que en este territorio la bonificación del IBI viene condicionada a que el Valor Mínimo Atribuible de la vivienda no puede ser superior a 300.000 € (requisito impuesto por la Diputación Foral de Bizkaia, además de los requisitos que adopte cada ayuntamiento).

Abadiño:

INGRESOS BRUTOS DE LA UNIDAD CONVIVENCIALBonificación  
Menos de 22.832 €90 %
De 22.832 € a 26.074 €75 %
De 26.074 € a 31.208 €50 %

Alonsotegui

Durango

Elorrio

RFEBonificación
Hasta 10.000 €90 %
De 10.001 € a 20.000 €50 %
De 20.001 € a 30.000 €25 %

Galdakao

RFEBonificación
Hasta 15.000 €90%
De 15.001 € a 25.000 €75%
De 25.001 € a 35.000 €50%
35.001 € a 45.000 €25%

Gordexola

IVTM (vehículos): 15 % bonificación si la RFE* es igual o inferior a 28.000 €.

Izurtza

IVTM (vehículos): 70 % de bonificación categoría general y 80 % de bonificación categoría especial

Karrantza

IBI: 90 % de bonificación.

Leioa

Mallabia:

IBI: 80 % de bonificación no superando los 25.000 € brutos anuales.

Mendexa

IBI: 50 % de bonificación.

Muskiz

IBI:

RFE  Bonificación  
Menor o igual 1 veces SMI90 %
Mayor 1 vez y menor o igual a 2 veces SMI70 %
Mayor de 2 y menor o igual a 3 veces SMI50 %

Orduña

IBI:

RFE  Bonificación  
Hasta 20.000 €90 %
De 20.001 € a 30.000 €50 %
De 30.001 € 40.000 €25 %

Plentzia

IBI: 50 % de bonificación si la renta bruta de la unidad familiar no supera los 60.000 €.

Santurtzi

POLIDEPORTIVO: 50 % de bonificación en la cuota de abonado.

Sopelana:

IBI:

RFEBonificación
Hasta 10.000 €90 %
De 10.001 € a 20.000 €50 %
De 20.000 € a 30.000 €25 %

Sopuerta:

IBI: 50 % de bonificación. Se atenderá a la capacidad económica de los titulares.

Urduliz

IBI: bonificación del 50 % teniendo hasta 75.000 € de valor catastral de vivienda, y 30 % de bonificación teniendo de 75.000 € a 150.000 € de valor catastral de vivienda.

GIPUZKOA

Mutriku

IBI: bonificación según ingresos.

Nº de hijos/asHasta 24.000 €De 24.000 €  a 50.000 €De 50.000 €  a 90.000 €
390 %50 %15 %
490 %70 %40 %
5 ó más90 %90 %60 %
Se aplicará la bonificación hasta 190.000 € de valor catastral.

IVTM (vehículos): bonificación según los siguientes ingresos y que el vehículo no supere los 13,99 caballos fiscales.

Ingresos brutosBonificación
Hasta 24.000 €40 %
De 24.000,01 € a 50.000 €30 %
De 50.000,01 € a 90.000 €20 %

POLIDEPORTIVO: Bono familia numerosa (anual) 161 €.

Olaberria

POLIDEPORTIVO: en las tasas por utilización del gimnasio y bono de familia numerosa 100 €.

MODIFICACIONES

ARABA

Iruña de Oca

IBI: se elimina la tabla en función de renta y se ofrece la bonificación en función de los miembros de la familia:
3 miembros 15 %
4 o 5 miembros 30 %
Más de 5 miembros 50 %

BIZKAIA

Amorebieta-Etxano

IVTM (vehículos): se sustitye la tabla de bonificación en función de los caballos fiscales por una nueva tabla en función de la RFE.

RFEBonificación
Hasta 2 veces el SMI anual50 %
Más de 2 y hasta 2,5 veces el SMI anual25 %
Más de 2,5 y hasta 2,75 veces el SMI anual10 %

Mungia

IBI:  aumenta un 3 % las rentas brutas máximas para acceder a la bonificación.

Lekeitio:

IBI: se condiciona la bonificación a la RFE

RFEBonificación
Hasta 2 veces el SMI90 %
Más de 2 y hasta 4 veces el SMI50 %

Sopelana:

IVTM (vehículos):

RFEBonificación
Hasta 10.000 €90 %
De 10.001 € a 20.000 €50 %
De 20.000 € a 30.000 €25 %
5 o más plazas, con menos de 16,00 caballos fiscales

GIPUZKOA

Arrasate/Mondragón:

IBI: reducen el valor catastral a 150.000 €.

Astigarraga:

IBI: se inlcluye un límite del valor catastral de 160.000 € de la vivienda para acceder a la bonificiación.

Baliarrain:

IBI: aumenta la bonificación del 50 % al 70 %.

Donostia/San Sebastián

IBI: aumenta el % y la cuantía limite de bonificación en ambas categorías, general y especial.

Número de hijos/asBonificaciónLímite (€)
Categoría General
De 3 hijos/as o equiparada60 %460 €
De 4 hijos/as o equiparada70 %460 €
Categoría Especial
De 5 hijos/as o equiparada78 %Sin límite
De 6 hijos/as o equiparada88 %Sin límite
De 7 hijos/as o equiparada o más90 %Sin límite

Ikazteguieta:

IBI y IVTM (vehículos): Se sujetan a renta con estos ingresos.

Miembros de la unidad familiarBonificación del 90 %Bonificación del 75 %Bonificación del 50 %
1 o 2 personasSMI+20 %SMI+30 %SMI+40 %
3 personasSMI+30 %SMI+40 %SMI+50 %
4 personasSMI+40 %SMI+50 %SMI+60 %
5 personasSMI+50 %SMI+60 %SMI+70 %
6 personasSMI+60 %SMI+70 %SMI+80 %

Irun

IBI: aumentan % de bonificaicón del 60 % al 90 %.

IVTM (vehículos): aumentan % de bonificaicón del 45 % al 90 %.

Legorreta

IBI: No se tendrá derecho a bonificación cuando cualquiera de los miembros de la unidad familiar sean titulares de un segundo bien inmueble.

Mendaro

IBI: Se incluyen familias con 2 hijos/as, con la misma bonificación y requisito de renta que las familias con 3 hijos/as.

Urnieta

IBI: aumento del valor catastral máximo de la vivienda a 135.149,50 € sobre el que se aplicará la bonificación.

Usurbil:

IBI: bonificación con valor catastral inferior a 165.000 €.

Zarautz

IBI: se incluye un nuevo tramo de 30.000 € a 38.000 € de RFE con un 10 % de bonificación.

IVTM (vehículos): 50% bonificación con aumento del límite de renta hasta 38.000 € anuales de RFE.