El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso interpuesto por la Junta de Andalucía contra una sentencia que avalaba mantener la categoría especial a una familia numerosa de Granada.
La sentencia del TSJA, contra la que ahora la Junta ha interpuesto un recurso de casación, podría suponer un paso adelante en la reclamación de las familias numerosas de categoría especial, que, desde la reforma que ha permitido mantener el título con al menos un/a hijo/a que cumpliera los requisitos establecidos en la ley, pedían también mantener la categoría. De momento, hay que esperar hasta que esta resolución del TSJA sea firme.
Y es que, como os informamos a lo largo del año pasado, con la entrada en vigor de la reforma de agosto de 2015, las familias numerosas no perdemos la condición de familia numerosa aunque los hijos mayores vayan “saliendo” de la familia, sino que lo mantenemos hasta que el último de ellos cumpla la edad establecida en las condiciones: 21 años ó 26 si está estudiando. Sin embargo, con respecto a la categoría, las administraciones han interpretado, sin estar expresamente recogido en la ley, que no se mantenía, de manera que las de categoría especial pasaban a ser general por tener ya menos de cinco hijos/as en el título.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía resolvió a favor de la petición de la familia indicando que “la vigencia del título (…), nos inclinamos a considerar, no implica sólo el mantenimiento de la condición de familia numerosa, sino también el de la categoría hasta entonces acreditada, dado que el título se refiere tanto a la condición como a la categoría de la familia numerosa”.
Desde Hirukide lo hemos trasladarlo a Gobierno Vasco, para que tomen las medidas oportunas para ver si se puede dar el pistoletazo de salida aquí en Euskadi a través de las Diputaciones Forales, que son las que expiden los títulos de familia numerosa.