La Asociación de Familias Numerosas de Euskadi, Hirukide mostró ayer su preocupación ante la posible discriminación de las familias vascas a la hora de reclamar la devolución del IRPF en las prestaciones de maternidad, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo que considera que estas prestaciones no deben ser declaradas como rendimientos del trabajo. Y es que las Haciendas forales advierten que, de momento, analizan la situación pero sostienen que al ser una sentencia estatal, no les afectaría al no generar todavía jurisprudencia.
La sentencia del alto tribunal abre la puerta a la reclamación a todas aquellas mujeres que hayan percibido la prestación por maternidad en los últimos cinco años (u hombres en el caso de que hayan tenido baja maternal) y a las que la Agencia Tributaria les deberá devolver lo retenido en concepto de IRPF. Sin embargo, apunta Hirukide, «las familias de Euskadi –igual que las de Navarra– se verían privadas de esta posibilidad, por residir en una Comunidad que cuenta con un régimen fiscal propio en los tres territorios forales».
Desde la asociación señalan que están analizando la sentencia e instan a las tres Haciendas Forales a que se pronuncien al respecto, para ver cuál será su manera de proceder y en consecuencia la de Hirukide. En cualquier caso, entienden que la tributación por las prestaciones por maternidad de 2014 a 2017 debería recuperarse vía solicitud de ingresos indebidos y que a partir de las de 2018 deben declararse como exentas.
Aplicación y reclamación
Mientras, la Agencia Tributaria ya prepara un mecanismo extraordinario para devolver las prestaciones declaradas en el IRPF y que deberían haber estados exentas de tributar en el Estado. Así, ante la posible avalancha de peticiones, desde la AEAT confirman que están estudiando con técnicos e informáticos la mejor manera de hacerlo. La Agencia publicó ayer por la mañana por error un borrador del formulario, pero fuentes de la AEAT aseguran que no es el definitivo y que se mejorarán algunos puntos. En el borrador publicado decía que habría que indicar los años en los que se recibió la prestación y un número de cuenta bancaria.
Por su parte, la Seguridad Social confirmó ayer que tras la exención establecida por el Supremo, desde el pasado lunes han dejado de retener el IRPF a las prestaciones por maternidad, en un proceso que están realizando de forma manual.