EL CORREO. 26 agosto 2020.
En Euskadi hay más de 32.300 unidades convivenciales de tres o más hijos que tienen derecho a bonificaciones, descuentos y deducciones fiscales específicas
En Euskadi hay algo más de unas 32.300 familias numerosas. Y una de cada cuatro tiene que hacer frente a sus gastos con menos de 2.500 euros mensuales, según una encuesta publicada el pasado mes de enero por la asociación Hirukide. De ahí que para muchas de estas unidades de convivencia resulten fundamentales las ayudas públicas de las que pueden beneficiarse a nivel estatal, autonómico, provincial e incluso municipal.
El concepto de familia numerosa ha variado con el transcurso del tiempo. Hace décadas se consideraba como tal a las unidades convivenciales de cuatro o más hijos. A mediados de la década de 1990 el número de descendientes se redujo a tres. Hoy en día en la consideración de familia numerosa se tienen en cuenta otros factores como las separaciones, los divorcios o la discapacidad de alguno de sus integrantes. Del total de las familias numerosas vascas, algo más de 3.000 pertenecen a la categoría especial. Es decir, a aquellas con cinco o más hijos. O a las de cuatro descendientes que cumplan una serie de requisitos.
Ayudas púbicas en Euskadi
El Gobierno vasco concede ayudas económicas directas por nacimiento, acogimiento preadoptivo, adopción o tutela del tercer hijo o sucesivos durante siete años. Las cantidades, sujetas a la Renta Familiar Estandarizada, oscilan entre los 400 y 900 euros anuales.
En materia de vivienda no hay ayudas específicas para las familias numerosas. Pero sí se les reconoce el derecho a participar en los sorteos de VPO (protección oficial) en caso de tener en propiedad o en alquiler una vivienda con una ratio inferior a 15 metros cuadrados por persona. Siempre eso sí que cumplan unos criterios de renta, que son diferentes en función de si la VPO es en régimen de alquiler o de propiedad.
En materia de impuestos, los tres territorios vascos aplican deducciones en el IRPF por descendiente: 594 euros anuales por el primero; 735 euros por el segundo; 1.242 euros por el tercero; 1.467 euros por el cuarto, y 1.917 euros anuales por el quinto y por cada uno de los sucesivos descendientes.
Además, existen deducciones por alquiler de vivienda y por inversión en vivienda habitual. En el primer caso la deducción es del 25%, con un tope de 2.000 euros al año. Para la inversión, del 23% con un límite de 1.955 euros al año.
En Educación se contemplan reducciones en el precio de la matrícula y de las tasas para los estudiantes de las universidades públicas. Serán del 50% en el caso de las familias numerosas de categoría general, mientras que las de especial están exentas. También hay deducciones en la matrícula para los hijos/as de familias numerosas que quieran estudiar en universidades privadas. La deducción se calcula equiparando la cantidad que los alumnos se deducirían si se matricularan en la misma facultad que han elegido en la privada, pero en este caso de la UPV.
En cuanto a las becas -tanto universitarias como no universitarias-, en los tramos de renta familiar existe una deducción por cada hermano/a -incluida la persona solicitante- que conviva en el domicilio familiar. La deducción es de 525 euros para las familias de categoría general, y de 800 euros para las de especial.
El Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno vasco también reserva ventajas para las familias numerosas en lo que se refiere a la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados: un punto añadido para las de categoría general, y 1,5 puntos en el caso de las de especial.
En algunos municipios vascos se ofrecen bonificaciones en el IBI, el impuesto de circulación, el consumo de agua, así como descuentos en polideportivos, museos o escuelas de música.
En transporte rigen los descuentos que contempla la ley a nivel estatal. En transporte por carretera, ferrocarril y marítimo, urbano e interurbano, un 20% de descuento para las familias numerosas de la categoría general, y un 50% para las de especial. En el aéreo los descuentos son del 5% (general) y del 10% (especial) para vuelos regulares nacionales.
Ayudas de ámbito estatal
El Gobierno central da ayudas directas por nacimiento o hijo/a a cargo. Se trata de un pago único inicial de 1.000 euros por nacimiento. hasta la mayoría de edad del descendiente, pero esta ayuda ha desaparecido con la implantación del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
La Seguridad Social contempla beneficios para las familias numerosas que contraten una persona para cuidar de un hijo/a menor. Es necesario qeu el cuidador esté de alta en el régimen especial de empleados del hogar doméstico. Además, tiene que trabajar un mínimo de 80 euros al mes. Existen ciertas particularidades en función del tipo de familia numerosa. En el caso de las de categoría especial, los dos ascendientes tienen que ejercer una actividad profesional -ya sea por cuenta ajena o propia- fuera del hogar, o estar incapacitados para el trabajo. Ese requisito no es necesario en el caso de las de categoría especial. La dotación económica consiste en una bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social por unidad familiar.
En el apartado de conciliación de vida familiar y laboral, todos los trabajadores pueden solicitar tres años de excedencia para atender al cuidado de cada hijo. Eso sí, los miembros de familias numerosas tienen derecho a que la empresa les asegure la reserva del puesto durante 15 meses (categoría general) o 18 meses (categoría especial), frente a los 12 establecidos en la norma general
En energía, las familias numerosas tienen derecho a acogerse al bono social eléctrico. Consiste en un descuento del 25% en la factura (hasta un consumo de 4.140 kWh al año) o del 40% para las que entren en la categoría de consumidores vulnerables severos. Además, también existe una ayuda para el bono social térmico, destinado a las qeu ya se benefician del eléctrico, y que utilizan la calefacción con energías como el gas natural, propano, gasoil, pellets, etc. El importe depende de una serie de factores -grado de vulnerabilidad económica y zona climática de la vivienda- y oscila entre los 25 y los 123,94 euros anuales.
¿Hasta cuándo se pueden recibir las ayudas?
El título de familia numerosa sigue vigente aunque el número de hijos/as que cumplen las condiciones para formar parte del título sea inferior al establecido legalmente. Por tanto, una familia numerosa seguirá siéndolo hasta que el menor de los descendientes cumpla la edad legal establecida -21 años o 26 en el caso de que continúe con sus estudios o formación- o dejen de depender económicamente de los padres. La independencia en este sentido se alcanza cuando el descendiente tiene unos ingresos superiores al salario mínimo interprofesional. Las limitaciones de edad no afectan a los hijos discapacitados o con incapacidad para trabajar.
Sin embargo, la vigencia del título sólo ampara, a efectos de las ayudas, a los miembros de la unidad familiar que sigan cumpliendo los requisitos.