EL MUNDO. 5 mayo 21.
El nuevo complemento de maternidad proporciona ayudas fijas por cada hijo, pero limita éstas a un máximo equivalente a cuatro.
El nuevo complemento de maternidad de las pensiones aprobado por el Consejo de Ministros corrige un problema que hizo que el Tribunal de Justicia Europeo lo considerase discriminatorio para los padres, que ahora también podrán solicitar la pensión. Pero no es la única novedad en una ayuda para los pensionistas que ha modificado su prestación de forma que ahora beneficia más a las rentas más bajas y que penaliza a las familias numerosas.
Se introducen tres cambios fundamentales: se abre la puerta a que los padres soliciten el complemento, ahora se puede pedir la ayuda desde el primer hijo (anteriormente sólo se concedía a partir del segundo) y la prestación será fija (en lugar de un porcentaje en base a la pensión) y “limitada a cuatro veces el importe mensual fijado por hijo o hija”. Es este último punto el que ha terminado por afectar a las familias numerosas.
Actualmente la ayuda consiste en 14 pagas anuales de 27 euros por hijo hasta un total de 108 euros al mes (es decir, el ‘equivalente’ a cuatro hijos). A partir del quinto, no aumenta. Para la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN), la medida “discrimina a las familias con más hijos”.
“Con este modelo el Gobierno no hace justicia con las familias que más aportan a la sociedad”, lamentan. “Se deben computar todos los hijos porque todos han supuesto lo mismo para ese trabajador”, continúan. En cierto modo, la ayuda de 27 euros por hijo se convierte en un complemento de 18 en el caso de una familia con seis hijos. En España hay más de 21.000 familias con cinco o más hijos.
La FEFN sí considera “positivo” que el complemento no se limite a las mujeres y que se perciba a partir del primer hijo “porque es ya una aportación en forma de capital humano y hasta ahora no se tenía en cuenta”. También valoran que se beneficie a las pensiones más bajas “lo cual es un principio justo de apoyar más al que menos tiene”.
Sin embargo, en la Federación creen que hay sombras en lo que respecta a la nueva forma de compensar, pues “se supone que es un sistema objetivo por el que se compensa por cada hijo”, pero en realidad “se vuelve tremendamente injusto con los trabajadores que más hijos han tenido, porque no van a tener ninguna compensación por ello”. “Estas familias, que tanto aportan a la sociedad en forma de capital humano, quedan marginadas y en una posición de gran desventaja económica frente a los que han tenido menos hijos”.
Asimismo, la FEFN argumenta que “resulta paradójico que la medida pretenda eliminar la brecha que afecta a las mujeres en el ámbito laboral en relación con la maternidad y no se compense a las que más hijos tienen cuando son las que sufren una mayor brecha salarial”. “No es justo que el reconocimiento por hijos, que es la clave de esta medida, se quede incompleto o se vuelva en contra de los que más hijos tienen, que son los verdaderos perjudicados”, concluye.
Claves de la nueva prestación
Se trata de una ayuda destinada a corregir la brecha de género en las pensiones, que actualmente está en torno al 30%, aunque también la pueden solicitar los padres. Escrivá cree que en el 98% se concederá a las madres.
Según los datos que proporcionó el ministro, la brecha se origina después de la maternidad del primer nacimiento y se consolida después; de ahí que ahora quieran cubrir también a quienes tan solo tienen un hijo.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Según el artículo 60 de la LGSS, modificado por este Real Decreto, “las mujeres que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad” tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija debido a la incidencia de la brecha de género.
En el caso de los hombres, deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos: causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor o causar una pensión contributiva y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción.
¿Qué ocurre si lo solicitan ambos?
Solo puede recibirlo una persona, así que tendrá preferencia quien acumule una peor pensión. Según Escrivá, en la práctica, en el 98% de los casos esto significa que lo recibirán mujeres. En el caso de que se trate de una pareja del mismo sexo, lo recibirá quien tenga una menor pensión.
¿Por qué se dice que afecta a las familias numerosas?
Afecta a las familias de más de cuatro hijos, ya que la ayuda otorga una cantidad fija por cada uno de ellos, pero hay un máximo que se correspondería con el cuarto. Es decir, a partir del quinto el complemento no aumentaría.
Según datos de la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN), en España hay más de 21.000 familias con cinco o más hijos: 15.500 tienen esta cifra, 3.700 tienen 6, 1.100 tienen siete, más de 500 alcanzan los ocho y 350 tienen al menos nueve.
¿Y a las rentas más altas?
En el modelo anterior el complemento no existía con un hijo, era del 5% de la pensión en el caso de tener dos hijos, del 10% con tres y del 15% con cuatro o más. Al pasarse de un porcentaje de la pensión a una cantidad fija, quienes han cotizado más pueden pasar a cobrar menos. En cualquier caso, sólo ocurrirá en las nuevas ayudas, ya que el texto recoge que quienes estuvieran percibiendo la ayuda anterior (el complemento por maternidad por aportación demográfica), la mantendrán, si bien será incompatible con la nueva (complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género).