Bono social de la luz
Antes de fin de año tuve que enviar a mi compañía eléctrica (Iberdrola) el título de familia numerosa renovado, ya que mi hija mayor ya tiene 22 años, estudiante, para que mantuvieran nuestro derecho al bono social.
Pero en la última factura han incluido el siguiente mensaje:
Le informamos que de acuerdo con el RD 897/2017 de 6 de octubre, han entrado en vigor unas nuevas condiciones de aplicación del Bono Social. La información completa la encontrará accediendo a nuestra página web: https://www.iberdrola.es/informacion/bonosocial o en la comunicación que les adjuntamos.
Buscando por mi lado información en la página web de Iberdrola he encontrado: Recientemente ha habido cambios respecto a quien puede acogerse al Bono Social. En el Real Decreto 897/2017 [PDF], que ha entrado en vigor el 8 de octubre de 2017 se recogen los nuevos criterios para ser beneficiario del Bono Social.
Los beneficiaros del antiguo Bono Social tienen un plazo de 6 meses (hasta el 10/04/2018) para acreditar la condición de consumidor vulnerable. Mientras tanto siguen disfrutando del Bono Social aunque no cumplan los nuevos criterios.
Pero en el apartado de documentación a aportar aparecen los documentos que habría que aportar como si se tratase de la primera solicitud.
Entonces se me plantean dos dudas:
– ¿Tendré que volver a solicitar el bono social, a pesar de haberles enviado la documentación a finales de Diciembre?. Y si así fuera, ¿tengo que volver a aportar todos los documentos que aparecen en el formato de solicitud?
RESPUESTA DE HIRUKIDE:
En cuanto a la primera pregunta: Sí, puesto que es obligatorio solicitar la renovación al nuevo Decreto que regula el bono social de la electricidad, teniendo hasta el 10 de abril para presentarlo.
Y en virtud de la segunda: Sí, efectivamente dicha renovación obliga a presentar la documentación que aparece en el formato de solicitud:
- Fotocopia del DNI o NIE del titular del punto de suministro.
- Fotocopia del DNI o NIE de cada uno de los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el titular para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él.
- Fotocopia del libro de familia de la unidad familiar del punto de suministro o en su caso certificación de la hoja individual del REGISTRO CIVIL del titular o de cada uno de los individuos de la unidad familiar.
- Certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del título de familia numerosa.